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Ayudas económicas destinadas al fomento del empleo Ayudas a la contratación. Programa Talento 45+

Las empresas que participen en este programa podrán acceder a una ayuda económica de 5.000€ por contratación | Plazo abierto hasta el 31 de diciembre

Hasta el jueves, 31 de diciembre de 2026 a las 14:00

Cámara de Comercio de Alcoy

Cámara de Comercio de Alcoy

Publicado el martes, 19 de mayo de 2026 a las 09:24

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Programa Talento 45+

Programa Talento 45+

Convocatoria de ayudas destinadas a fomentar la creación de empleo a través de la contratación de personas desempleadas de edad comprendida entre 45 y 60 años que hayan participado en el Programa Talento 45+.

OBJETO

Establecer el régimen para la concesión de ayudas destinadas a fomentar la creación de empleo a través de la contratación de personas desempleadas de edad comprendida entre 45 y 60 años que hayan participado en el Programa Talento 45+.

DIRIGIDO A

Empresas que, desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2026, hayan formalizado un contrato, con personas desempleadas que tengan entre 45 y 60 años, que no hayan trabajado en el día inmediatamente anterior a la entrada en vigor del contrato y que hayan finalizado al menos la fase de orientación del Programa Talento 45+.

También podrán solicitar las ayudas aquellas empresas que hayan formalizado un contrato en las mismas condiciones del punto anterior, en fecha anterior a la entrada en vigor de la convocatoria, siempre que se produzcan estas premisas:

a) El contrato se encuentre vigente en el momento de presentación de la solicitud.

b) No hayan transcurrido seis meses o más entre la entrada en vigor del contrato y la fecha de presentación de la solicitud.

REQUISITOS

- Tener la consideración de empresa conforme a dispuesto en el artículo 1 del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

- El centro de trabajo del beneficiario/a de la subvención debe estar ubicado en la demarcación de la Cámara de Comercio de Alcoy.

- Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social del trabajador contratado, como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud de ayuda.

- No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.

- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

- No superar el límite de ayudas de minimis conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

CUANTÍA

El importe de la subvención concedida por la contratación de una persona desempleada de edad comprendida entre los 45 y los 60 años, ambos inclusive, será de 5.000€, no pudiendo ser en ningún caso superior.

PLAZO

Plazo de solicitud abierto hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00h.

Más información en Cámara de Comercio de Alcoy

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19/05/2026 09:24 | AdmonVLC2

Cámara de Comercio de Alcoy

URL oficial/canónica: https://ceeialcoi.emprenemjunts.es/?op=8&n=36509

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